Además de las bolsas de trabajo, se abre el plazo de inscripción a partir del lunes, 24 de octubre, hasta el 4 de noviembre. Aunque la inscripción quedará abierta durante toda la campaña. Las inscripciones se realizaran en el Centro Comarcal de Servicios Sociales Comunitarios, en horario de 9:00h a 13:00h. La documentación a presentar es:D.N.I. de los padres, Libro de Familia,Teléfono y Acreditación de ser temporeros/as.

La reunión con padres y madres el jueves, 10 de noviembre, a las 12:00h en el Patio de la Guardería, como el año pasado como vemos en la imagen.

Plazo de solicitud de esta bolsa de auxiliar y con bases siguientes son: Del 24 de octubre al 28 de octubre de 2022

1.- OBJETO

Crear y regular el funcionamiento de una bolsa de trabajo para poder cubrir de forma temporal mediante contrato vinculado al Plan de Empleo Local, según las necesidades organizativas y/o extraordinarias que surjan en el servicio de guardería temporera municipal, prestada por el Ayuntamiento de Jódar para la campaña de recogida de aceituna 2022-2023. La contratación del personal será para las siguientes categorías:

– Peón de Limpieza o limpiador/a de guardería.

– Pinche de cocina de guardería.

2.- REQUISITOS PARA FORMAR PARTE DE LA BOLSA

Para acreditar los méritos suficientes exigidos y las capacidades también exigidas para participar en la bolsa y así poder formar parte de la misma, deberán cumplirse los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los cuales además deberán mantenerse al menos hasta la finalización del contrato que se formalice, en su caso:

GENERALES

a) Ser español/a o nacional de cualquier Estado de la Unión Europea. Si se es extranjero/a no comunitario/a, se deberán tener y aportar permisos de residencia y de trabajo en vigor.

b) Tener cumplida la edad mínima de 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa con derecho a percibir pensión por tal concepto.

c) No padecer defecto físico, enfermedad alguna o situación similar, que impida el desempeño de las funciones correspondientes al puesto.

d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) No encontrarse realizando ningún otro servicio o prestación social que por Ley sea incompatible con la realización del puesto.

f) No haber sido condenado en sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual de acuerdo a la legislación vigente.

ESPECÍFICOS

a) Además de los indicados anteriormente, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.- Para participar en la categoría de Peón de limpieza (limpiador/a) guardería: Haber desempeñando el puesto de peón o de categoría similar o haber superado los estudios necesarios para la obtención del Certificado de Escolaridad o título académico equivalente o superior.

2.- Para participar en la categoría de Pinche de cocina guardería: Estar en posesión del carnet de manipulador de alimentos o equivalente con una fecha de obtención no superior a cuatro años. Si en la fecha de formalizar la contratación, el Ayuntamiento tuviera conocimiento de que algún/a candidato/a no reúne algún requisito de los exigidos, no se formalizará dicha contratación.

3.- SOLICITUD Y DOCUMENTOS A PRESENTAR

Las solicitudes de participación en esta bolsa se dirigirán a el/la Sr/a. Alcalde/sa del Ayuntamiento de Jódar y en ella, el/la solicitante deberá declarar expresamente que cumple los requisitos exigidos en estas bases para participar en la bolsa, que las conoce y que acepta lo establecido en ellas, ya que la presentación de la solicitud implicará su sometimiento a las mismas. Solo se valorarán y tendrán en cuenta aquellos méritos o circunstancias que hayan sido acreditados documentalmente por los/as solicitantes en esta fase de presentación de solicitudes.A la solicitud se deberá acompañar los siguientes documentos:

A) PARA PARTICIPAR EN CUALQUIER CATEGORÍA:

1. Fotocopia del DNI o documento equivalente al mismo. No será necesario presentar este documento siempre que el/la solicitante haya trabajado en el Ayuntamiento de Jódar o sus Empresas u Organismos Autónomos y no han variado sus datos de identidad desde entonces.

2. Si se es extranjero/a no comunitario/a, copia de permisos de residencia y de trabajo en vigor.

3. Informe de Vida Laboral actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Se entenderá que es actualizado si tiene una fecha comprendida en los 15 días naturales inmediatamente anteriores a la fecha de fin de plazo de solicitudes.

4. Copias de certificados de empresa, contratos ó nóminas de cada periodo que se quiera acreditar a fin de justificar suficientemente la experiencia de que se disponga en los puestos ofertados, siempre que no sean de trabajos en el Ayuntamiento de Jódar o sus Empresas u Organismos Autónomos.

5. Documentación justificativa de la situación recogida en la base 6.3 de las corrientes.

B) PARA PARTICIPAR EN LA CATEGORÍA DE LIMPIEZA:

Además de los indicados en el apartado A), deberá acompañarse, en su caso, fotocopia del Certificado de Escolaridad o título académico equivalente o superior de que se disponga. Se podrá admitir cualquier otro documento oficial que justifique suficientemente la superación de los estudios necesarios para la obtención de dichos títulos.

C) PARA PARTICIPAR EN LA CATEGORÍA DE PINCHE DE COCINA:

Además de los indicados en el apartado A), deberá acompañarse, fotocopia del carnet de manipulador de alimentos o equivalente con una fecha de obtención no superior a cuatro años. No será necesario que los/as solicitantes acompañen a la solicitud documentación queafecte a estas bases y esté relacionada con los servicios que hayan prestado en el Ayuntamiento de Jódar, sus Empresas o sus Organismos Autónomos, ya que los datos referidos a esa documentación, serán recabados de oficio. El Ayuntamiento podrá, si lo considera necesario, exigir a los/as aspirantes que amplíen la documentación requerida para clarificar alguna circunstancia específica. Además también podrá exigir que se presenten originales de la documentación aportada para su cotejo.

4.- PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD Y DOCUMENTOS

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Jódar, en horario de atención al público, o por los medios previstos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común. Cualquier otro procedimiento que no sea la presentación en el Registro General del Ayuntamiento deberá ser comunicado por fax o correo electrónico a la Secretaría para que sea tenido en cuenta en el proceso.El plazo para presentación de solicitudes será de 5 días hábiles desde la publicación de estas bases en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.Las solicitudes deberán indicar obligatoriamente un teléfono móvil de contacto.Se excluirá cualquier solicitud presentada fuera del plazo abierto para ello.

5.- LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUÍDOS

Trascurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección estudiará las mismas, confeccionará la lista de personas admitidas y excluidas, establecerá el orden de contratación y podrá indicar un plazo para subsanar las posibles deficiencias que se hayan podido producir y tengan carácter subsanable. El resultado de todas estas actuaciones se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para su conocimiento.

6.- PUNTUACIÓN, PREFERENCIA Y ORDEN DE CONTRATACIÓN

Como establece la base 3 de las presentes, solo se valorarán y tendrán en cuenta aquellos méritos o circunstancias que hayan sido acreditados documentalmente por los/as solicitantes en la fase de presentación de solicitudes.A los/as solicitantes admitidos/as se les aplicará el siguiente sistema de puntuación:

1. Por experiencia en los puestos ofertados en guarderías públicas. Se otorgarán los siguientes puntos: Para los primeros 90 días de experiencia acreditada se otorgará 1 punto por día prestado a jornada completa. Para los siguientes 270 días hasta llegar a 360 días de experiencia acreditada se otorgarán 2 puntos por día prestado a jornada completa. Para el resto de días de experiencia acreditada que excedan de los primeros 360, se otorgarán 3 puntos por día prestado a jornada completa.

2. Adicionalmente a los puntos otorgados en los apartados anteriores, se otorgarán 0,20 puntos por cada día transcurrido desde la última relación laboral en general con el Ayuntamiento de Jódar o alguna de sus empresas u Organismos Autónomos (máximo 200 puntos). Si la persona solicitante no ha tenido nunca relación laboral con el Ayuntamiento de Jódar o alguna de sus empresas u Organismos Autónomos, se le otorgarán 200 puntos.

3. Adicionalmente a los puntos otorgados en los apartados anteriores, se otorgarán 200 puntos más si la persona solicitante acredita ser víctima de violencia de género. La acreditación de esta circunstancia deberá efectuarse aportando copia de sentencia judicial, orden de protección judicial, informe del Centro de la Mujer o cualquier otro documento oficial. Estos documentos deberán acreditar que el plazo de las medidas de protección no ha transcurrido o que, habiéndolo hecho, aún se sigue atendiendo y/o considerando a la persona bajo esa circunstancia de víctima. En caso de empate, se dará prioridad a aquellos/as para los/as que más tiempo haya transcurrido desde su última relación laboral según su informe de vida laboral actualizado. Para quienes sigan empatando por cualquier otra circunstancia, se dará prioridad a quien más experiencia acredite a lo largo de su vida laboral.La suma de los puntos obtenidos servirá para establecer el orden de las contrataciones de las personas admitidas, una vez resueltos los empates si los hubiera.

7.- CONDICIONES DE CONTRATACIÓN

Quienes, a fecha del llamamiento, mantengan una relación laboral con el Ayuntamiento de Jódar o su Empresa Municipal, no podrán ser contratados hasta la extinción de aquélla por la causa contractualmente prevista.Ningún/a participante podrá trabajar en los dos puestos ofertados en esta bolsa, en la misma campaña de guardería temporera. En caso de que se pudiera dar esta circunstancia, cuando el/la solicitante afectado/a trabaje en uno de ellos, no podrá participar en el otro. Para poder celebrar los contratos de esta bolsa, será imprescindible que la persona a contratar aporte previamente certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales que deberá tener una fecha comprendida en los 15 días naturales inmediatamente anteriores a la fecha de contratación. Si no la aportase o dicha certificación fuera positiva, no se podrá formalizar la contratación y se aplicará lo establecido en el último párrafo de esta base 7. La relación laboral que se establecerá con el/la contratado/a será la de personal laboral temporal de carácter no estructural y se podrá contratar por cualquier modalidad de contratación vigente que respete dicha relación. El tiempo de servicio, el desempeño del puesto y/o las funciones que se les encomienden no darán a las personas contratadas más derechos frente a la empresa que los estrictamente especificados en el contrato que se celebre, de acuerdo con su naturaleza de contrato laboral temporal no estructural. Los/as admitidos/as serán requeridos/as para acceder a las contrataciones temporales que se produzcan por riguroso orden de lista. El llamamiento, a fin de procurar la mayor agilidad en las contrataciones, se podrá efectuar telefónicamente.Si alguna persona admitida no atendiese al llamamiento o no pudiese formalizar la contratación cuando surja la necesidad y llegue su turno en la primera ocasión en que se la avise, se saltará y se pasará a la siguiente según el orden de la lista, volviendo a citar a la saltada en un único llamamiento posterior. En caso de que ésta tampoco atendiese a este llamamiento posterior o no pudiese formalizar la contratación en esta segunda ocasión, se considerará que ya ha participado en la bolsa.

8.- COMISIÓN DE SELECCIÓN

La Comisión de selección, que estudiará las solicitudes, confeccionará la lista de personas admitidas y excluidas y establecerá el orden de contratación, deberá cumplir las siguientes condiciones:

– Será nombrada cuando se aprueben las presentes bases o cuando se abra el plazo de solicitud de la bolsa.

– Estará formada por al menos cinco miembros entre los que se contarán un/a presidente/a y un/a secretario/a.

– Todos sus miembros habrán de ser funcionarios de carrera o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Jódar.

– Todos sus miembros actuarán con voz y voto.

9.- PLAZO DE VIGENCIA DE LA BOLSA.

Esta bolsa de trabajo temporal estará vigente como máximo hasta el 31 de marzo de 2023.

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