PLAZO DE SOLICITUDES: Del 11 al 15 de Julio de 2022

1.- OBJETO
Crear y regular el funcionamiento de una bolsa de trabajo para cubrir de forma temporal
las necesidades urgentes que, con carácter eventual, por volumen de trabajo o por cualquier otra circunstancia organizativa, extraordinaria, sobrevenida o excepcional, surjan en las obras y/o servicios que ejecuta o presta el Ayuntamiento de Jódar y precisen de la contratación de personas para el puesto indicado a continuación (en adelante el puesto):
 Peón para obras y servicios (Grupo E o Grupo de AP).
2.- REQUISITOS PARA FORMAR PARTE DE LA BOLSA
Para acreditar los méritos suficientes exigidos y las capacidades también exigidas para participar en la bolsa y así poder formar parte de la misma, deberán cumplirse los siguientes
requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los cuales además deberán mantenerse al menos hasta la finalización del contrato que se formalice, en su caso:
GENERALES
a) Ser español/a o nacional de cualquier Estado de la Unión Europea.
b) Tener cumplida la edad mínima de 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación
forzosa con derecho a percibir pensión por tal concepto.
c) No padecer defecto físico o enfermedad alguna que impida el desempeño de las funciones correspondientes al puesto.
d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado,
Comunidades Autónomas o Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
e) No encontrarse realizando ningún otro servicio o prestación social que por Ley sea
incompatible con la realización del puesto.
ESPECÍFICOS
a) Cumplir al menos una de estas dos condiciones:
– Estar en posesión al menos del título de Graduado Escolar, equivalente o en
disposición de obtenerlo.
– Haber trabajado en el mismo grupo profesional del puesto al que afectan las bases.
Si antes de la contratación, el Ayuntamiento tuviera conocimiento de que algún/a
candidato/a no reúne todos los requisitos exigidos en la fecha también exigida en la
convocatoria, no se realizará tal contratación y el/la afectado/a quedará automáticamente
excluido/a de la bolsa.
3.- SOLICITUD Y DOCUMENTOS A PRESENTAR
La solicitud de participación en esta bolsa se dirigirán a el/la Sr/a. Alcalde/sa-
Presidente/a del Ayuntamiento de Jódar y su presentación implicará la aceptación y el
sometimiento a las presentes bases.
Sólo se valorarán y tendrán en cuenta aquellos méritos o circunstancias que hayan sido
acreditados documentalmente por los/as solicitantes en esta fase de presentación de
solicitudes.
A la solicitud se deberá acompañar los siguientes documentos:
1. Fotocopia del DNI o documento equivalente al mismo. No será necesario presentar este
documento siempre que el/la solicitante haya trabajado en alguna ocasión en el Ayuntamiento de Jódar o sus Empresas u Organismos Autónomos sin que hayan variado
sus datos de identidad desde entonces
2. Fotocopia del título de los estudios académicos oficiales más altos que se tengan
(Graduado Escolar, E.S.O., Grado, etc.) o documentación oficial que acredite que se está
en disposición de obtenerlo.
3. Certificado de empadronamiento actualizado.
4. Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo en vigor.
5. Informe actualizado de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad
Social o, en su caso, documento oficial también actualizado y expedido por el mencionado Organismo, que acredite que no se ha figurado en alta en ninguna relación laboral.
Se entenderán que los documentos son actualizados si tienen una fecha comprendida
en los 15 días naturales inmediatamente anteriores a la fecha de fin de plazo de solicitudes.
El Ayuntamiento de Jódar recabará de oficio los datos de que disponga de los/as
solicitantes relativos a los servicios que hayan prestado en el mismo o sus Empresas u
Organismos Autónomos que afecten a estas bases, así como los datos del Padrón de habitantes de esta Localidad. Por tanto, no será necesario acompañar a la solicitud documentación relacionada con ello.
El Ayuntamiento podrá, si lo considera necesario, exigir a los/as aspirantes que amplíen la documentación requerida para clarificar alguna circunstancia específica. Además también podrá exigir que se presenten originales de la documentación aportada para su cotejo.
4.- PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD Y DOCUMENTOS
Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Jódar,
en horario de atención al público, o por los medios previstos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común. Cualquier otro procedimiento que no sea la presentación en el Registro General del Ayuntamiento deberá ser comunicado por fax o correo electrónico a la Secretaría para que sea tenido en cuenta en el proceso.
El plazo para presentación de solicitudes será de cinco días hábiles desde la publicación
de estas bases en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Las solicitudes deberán indicar obligatoriamente un teléfono móvil.
Se excluirá cualquier solicitud presentada fuera del plazo abierto para ello.

5.- LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUÍDOS
Trascurrido el plazo de presentación de solicitudes, el/la Sr./a. Alcalde/sa dictará
Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, tras la propuesta de la Comisión de Selección, publicándose la misma en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
En dicha resolución se podrá indicar el plazo que se concederá a los/as aspirantes excluidos
para subsanar las posibles deficiencias que se hayan podido producir, y tengan carácter
subsanable.
6.- PUNTUACIÓN, PREFERENCIA Y ORDEN DE CONTRATACIÓN
Como establece la base 3 de las presentes, sólo se valorarán y tendrán en cuenta
aquellos méritos o circunstancias que hayan sido acreditados documentalmente por los/as
solicitantes en la fase de presentación de solicitudes.
Para establecer el orden de contratación de la bolsa, a todas aquellas personas que
resulten admitidas se les otorgarán puntos según el siguiente baremo:
1.- Por formación se otorgará una de las dos siguientes puntuaciones:
a) 150 puntos para solicitantes que aporten título de Graduado Escolar.
b) 200 puntos para solicitantes que aporten título de Educación Secundaria Obligatoria,
equivalente o superior.
2.- Adicionalmente a lo anterior, se otorgará 1,5 puntos por cada día transcurrido desde la
última relación laboral, con un máximo de 600 puntos. Si el/la admitido/a no ha tenido relación laboral nunca como la indicada anteriormente, se le otorgarán 600 puntos.
3.- Si es el/la único/a miembro de su unidad familiar admitido/a en la bolsa, se le otorgarán 300 puntos más.
En caso de empate, se dará prioridad a quien que más tiempo haya transcurrido desde
su última relación laboral con el Ayuntamiento de Jódar o alguna de sus empresas u organismos autónomos, si persiste, a quién tenga mayor antigüedad en su demanda de empleo, si continúa a quien más días de cotización acredite a lo largo de su vida laboral y, como última opción se solucionaría por sorteo.
La suma de los puntos obtenidos servirá para establecer el orden de las contrataciones
de las personas admitidas, una vez resueltos los empates si los hubiera.
7.- CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
Quienes, a fecha del llamamiento, se encuentren trabajando para el Ayuntamiento de Jódar o su Empresa Municipal mediante una relación laboral de carácter temporal, no podrán ser contratados hasta la extinción de aquélla por la causa contractualmente prevista.
La relación laboral que se establecerá con los/las contratados/as será la de personal
laboral temporal de carácter no estructural y se podrá contratar por cualquier modalidad de
contratación vigente que respete dicha relación.
El tiempo de servicio, el desempeño del puesto y/o las funciones que se les encomienden no darán a las personas contratadas más derechos frente a la empresa que los estrictamente especificados en el contrato que se celebre, de acuerdo con su naturaleza de contrato laboral temporal no estructural.
Únicamente se permitirá un contrato por cada persona incluida en la bolsa excepto si
fuera necesario efectuar más contrataciones.
Los/as admitidos/as serán requeridos/as para acceder a las contrataciones temporales
que se produzcan por riguroso orden de lista. El llamamiento, a fin de procurar la mayor
agilidad en las contrataciones, se podrá efectuar mediante llamada telefónica.
Si alguna persona admitida no atendiese al llamamiento o no pudiese formalizar la
contratación cuando surja la necesidad y llegue su turno en la primera ocasión en que se la avise, se saltará y se pasará a la siguiente según el orden de la lista, volviendo a citar a la saltada en un único llamamiento posterior. En caso de que ésta tampoco atendiese a este llamamiento posterior o no pudiese formalizar la contratación en esta segunda ocasión, se considerará que ya ha participado en la bolsa.
8.- COMISIÓN DE SELECCIÓN
La Comisión de selección, que elevará propuesta sobre la lista de excluidos/as y
admitidos/as junto con su orden de contratación, para su posterior aprobación por el Órgano competente, deberá cumplir las siguientes condiciones:
 Será nombrada cuando se aprueben las presentes bases o cuando se abra el plazo de
solicitud de la bolsa.
 Estará formada por cinco miembros, que serán un/a presidente/a, un/a secretario/a y
tres vocales.
 Todos sus miembros habrán de ser funcionarios de carrera o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Jódar.
 Todos sus miembros actuarán con voz y voto.
9.- PLAZO DE VIGENCIA DE LA BOLSA
Esta bolsa de trabajo estará vigente hasta enero de 2023.
No obstante, si surgiera algún caso imprevisto o excepcional fuera de la vigencia de la
bolsa que precisara de más contrataciones temporales, éstas se podrán formalizar utilizando su lista de admitidos/as y siguiendo lo establecido en las presentes bases, durante un plazo máximo de un mes. Durante ese periodo, el Ayuntamiento deberá efectuar los trámites oportunos para disponer de una nueva lista de admitidos en vigor.
En todo caso, esta bolsa quedará sin efecto cuando, tras efectuarse los citados trámites
preceptivos, se disponga de una nueva lista de admitidos/as para el puesto al que afecta.

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