1.- OBJETO
2.- REQUISITOS PARA FORMAR PARTE DE LA BOLSA
GENERALES:
a) Ser español/a o nacional de cualquier Estado de la Unión Europea. b) Tener cumplida la edad mínima de 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa con derecho a percibir pensión por tal concepto. c) No padecer defecto físico o enfermedad alguna que impida el desempeño de las funciones correspondientes al puesto. d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. e) No encontrarse realizando ningún otro servicio o prestación social que por Ley sea incompatible con la realización del puesto. f) No haber sido condenado en sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
ESPECÍFICOS:
3.- SOLICITUD Y DOCUMENTOS A PRESENTAR
Las solicitudes de participación en esta bolsa se dirigirán a el/la Sr/a. Alcalde/sa-Presidente/a del Ayuntamiento de Jódar, debiéndose acompañar a las mismas los siguientes documentos: 1. Fotocopia del DNI o documento equivalente al mismo. No será necesario presentar este documento si el/la solicitante ha trabajado en el Ayuntamiento de Jódar o sus Empresas u Organismos Autónomos y no han variado sus datos de identidad desde entonces. 2. Copia de la tarjeta de demanda de empleo en vigor. 3. Fotocopia del título exigido, así como de título académico oficial universitario, de grado superior o de bachillerato, si se poseen. Se podrá admitir también documentación oficial que acredite que se han superado todos los cursos o créditos exigidos para la obtención de los mencionados títulos. 4. Fotocopia de documentación oficial que acredite las horas de formación exigidas en materia de animación en actividades de ocio, turísticas, de tiempo libre o similares. 5. Fotocopia del permiso de conducir tipo B en vigor. 6. Informe de Vida Laboral actualizado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social o, en su caso, documento oficial también actualizado y expedido por el mencionado Organismo, que acredite que no se ha figurado en alta en ninguna relación laboral. Se entenderán que los documentos son actualizados si tienen una fecha comprendida en los 15 días naturales inmediatamente anteriores a la fecha de fin de plazo de solicitudes. No será necesario que los/as solicitantes acompañen a la solicitud documentación que afecte a estas bases y esté relacionada con los servicios que hayan prestado en el Ayuntamiento de Jódar, sus Empresas o sus Organismos Autónomos ya que será recabada de oficio. El Ayuntamiento podrá, si lo considera necesario, exigir a los/as aspirantes que amplíen la documentación requerida o presenten originales de la misma para su cotejo.
4.- PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD Y DOCUMENTOS
5.- LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUÍDOS
Trascurrido el plazo de presentación de solicitudes, el/la Sr./a. Alcalde/sa dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, tras la propuesta de la Comisión de Selección, publicándose la misma en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento. En dicha resolución se podrá indicar el plazo que se concederá a los/as aspirantes excluidos para subsanar las posibles deficiencias que se hayan podido producir, y tengan carácter subsanable.
6.- PUNTUACIÓN, PREFERENCIA Y ORDEN DE CONTRATACIÓN
7.- CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
La persona a contratar no deberá estar trabajando en el Ayuntamiento de Jódar o alguna de sus Empresas u Organismos Autónomos en la fecha de formalización del contrato, de lo contrario no se celebrará el contrato. Además de lo anterior, para poder celebrar los contratos de esta bolsa, será imprescindible que la persona a contratar aporte previamente certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales que deberá tener una fecha comprendida en los 15 días naturales inmediatamente anteriores a la fecha de contratación. Si no la aportase o dicha certificación fuera positiva, no se podrá formalizar la contratación y se aplicará lo establecido en el último párrafo de esta base 7. La relación laboral que se establecerá con los/las contratados/as será la de personal laboral temporal y se podrá contratar por cualquier modalidad de contratación vigente que respete dicha relación. El tiempo de servicio, el desempeño del puesto y/o las funciones que se les encomienden no darán a las personas contratadas más derechos frente a la empresa que los estrictamente especificados en el contrato que se celebre, de acuerdo con su naturaleza de contrato laboral temporal. Los/as admitidos/as serán requeridos/as para acceder a las contrataciones temporales que se produzcan por riguroso orden de contratación. Si alguna persona admitida no atendiese al llamamiento o no pudiese formalizar la contratación cuando surja la necesidad y llegue su turno en la primera ocasión en que se la avise, se saltará y se pasará a la siguiente según el orden de la lista, volviendo a citar a la saltada en un único llamamiento posterior. En caso de que ésta tampoco atendiese a este llamamiento posterior o no pudiese formalizar la contratación en esta segunda ocasión, se considerará que ya ha participado en la bolsa.
8.- COMISIÓN DE SELECCIÓN
9.- PLAZO DE VIGENCIA DE LA BOLSA
Esta bolsa estará vigente hasta el día 31 de diciembre de 2023